Normativa turística
Amplían a tres años licencias para operadores de turismo nacional
La vigencia de las licencias de operación para los prestadores de servicios turísticos que trabajan en más de un departamento fue ampliada de uno a tres años.
La medida fue aprobada por el gabinete ministerial mediante el Decreto Supremo 5721, que modifica el artículo 15 del Reglamento General de la Ley General de Turismo “Bolivia Te Espera”.
La norma establece que, cuando un prestador desarrolle actividades en más de un departamento, la autoridad competente en turismo otorgará una Licencia Turística de operación con alcance nacional, conforme a la reglamentación.
La vigencia de tres años se aplicará a los prestadores de servicios turísticos con alcance nacional. La excepción corresponde a quienes desarrollen servicios de guiaje, cuya licencia tendrá una duración de cinco años, computables a partir de su notificación.
El Gobierno justificó la modificación como parte de una política pública de desregulación, simplificación administrativa y optimización normativa, contemplada en el programa “Tranca Cero”, con el objetivo de estimular la actividad turística.
El Decreto Supremo 5721 también dispone que los requisitos para obtener la licencia turística serán establecidos por la autoridad competente en turismo y aprobados mediante resolución ministerial.
Las licencias turísticas de operación con alcance nacional mantendrán su validez y extenderán su vigencia conforme a los nuevos plazos, computables desde su última emisión o renovación, siempre que no hayan sido suspendidas o revocadas ni se encuentren pendientes de actualización.