Estos son los argumentos que llevaron a la cárcel a Jhonny Fernández
La jueza Alejandra Menacho ordenó la detención del alcalde por 100 días, plazo que consideró proporcional y necesario para la realización de pericias técnicas, auditorías forenses y la toma de declaraciones pendientes en el Pavimento
La jueza cautelar Alejandra Menacho dispuso la detención preventiva, por 100 días, del alcalde Jhonny Fernández, tras concluir que existen indicios suficientes de probabilidad de autoría por los delitos de conducta antieconómica e incumplimiento de deberes dentro del denominado caso ‘Pavimento’. La Justicia investiga presuntas irregularidades en la ejecución de obras viales del Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra.
Al fundamentar su resolución, la autoridad judicial señaló que la imputación formal presentada por el Ministerio Público se sustenta en el informe de la Contraloría General del Estado, resultado de una auditoría operacional que evaluó la eficacia y calidad en la ejecución de obras municipales durante la gestión 2023. Dicho documento identificó diferencias entre lo certificado y lo efectivamente ejecutado, con un faltante físico de 1,02 kilómetros de pavimento que, pese a no haberse construido, habría sido cancelado. De ser así, puede considerarse un posible daño económico al municipio.
Menacho explicó que la auditoría comprendió la revisión de 16 obras de pavimentación, con verificación documental, evidencia externa de empresas contratistas e inspecciones técnicas físicas. En ese marco, se estableció que siete proyectos concluidos y con recepción definitiva no cumplieron el criterio de cantidad, al evidenciarse diferencias entre las planillas de avance y lo constatado en campo. Además, se detectaron anomalías físicas, como la presencia de postes dentro de la calzada y deterioro prematuro del pavimento.
La jueza subrayó que, mediante informe, se notificó al Gobierno Municipal y que, mediante el oficio 881/2025, la máxima autoridad ejecutiva aceptó las observaciones de la Contraloría, reconociendo las diferencias detectadas. Sin embargo, remarcó que no se evidenciaron acciones correctivas inmediatas ni mecanismos de recuperación, sanción o reversión del presunto perjuicio patrimonial, aspecto que —según la resolución— adquiere relevancia penal al tratarse de una omisión en el ejercicio de funciones.
Respecto a los riesgos procesales, la magistrada consideró concurrentes los peligros de obstaculización e influencia sobre testigos, al advertir que varias de las personas citadas a declarar dependen funcionalmente de la estructura municipal que dirige el imputado. Asimismo, valoró un episodio ocurrido durante una inspección ocular, donde la presencia del alcalde con un grupo numeroso de personas entorpeció el desarrollo del acto investigativo, lo que fue calificado como una conducta reprochable para el curso de la investigación.
Menacho aclaró que, en esta etapa cautelar, no corresponde definir responsabilidad penal definitiva ni cuantificar con precisión el daño económico, tarea reservada para fases posteriores. No obstante, enfatizó que los informes técnicos, declaraciones testificales y documentación oficial constituyen un bloque indiciario sólido para sustentar la medida extrema.
En consecuencia, la jueza ordenó la detención preventiva por un periodo de 100 días, plazo que consideró proporcional y necesario para la realización de pericias técnicas, auditorías forenses y la toma de declaraciones pendientes. Además, fijó una audiencia de revisión de la situación jurídica para el 5 de junio de 2026, dejando a salvo el derecho de las partes a impugnar la resolución conforme a ley.
FUENTE: EL DEBER