Normativa energética

Gobierno aprueba autoconsumo de biogás y biometano

Biogás y biometano producidos a partir de residuos para autoconsumo energético

El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 5735, que establece el marco normativo para la autoproducción de biogás y biometano destinados exclusivamente al autoconsumo. La norma fue informada el 6 de octubre de 2026 en La Paz por el Ministerio de Hidrocarburos.

La disposición permite aprovechar residuos orgánicos, rellenos sanitarios y plantas de tratamiento de aguas residuales para convertir un pasivo ambiental en una fuente de energía limpia. El recurso podrá utilizarse para cubrir necesidades energéticas térmicas, mecánicas o eléctricas del autoproductor.

“Se autoriza la autoproducción de biogás y/o biometano destinada exclusivamente al autoconsumo de las necesidades energéticas térmicas, mecánicas o eléctricas del autoproductor de biogás y/o biometano”, señala parte del artículo 4 del decreto.

El biogás podrá provenir de sistemas de captación de generación pasiva instalados en rellenos sanitarios y plantas de tratamiento de aguas residuales. También podrá obtenerse mediante sistemas de digestión anaeróbica destinados al tratamiento biológico de materia orgánica y residuos orgánicos.

Las instalaciones y la infraestructura del Sistema de Aprovechamiento de Biogás y/o Biometano serán de propiedad o tenencia del autoproductor. No formarán parte del servicio público de distribución de gas natural por redes ni estarán sujetas al principio de libre acceso. Estos sistemas podrán financiarse con recursos propios, de terceros o mediante mecanismos previstos en la normativa vigente.

El autoproductor será responsable del diseño, construcción, operación, mantenimiento y seguridad del sistema, además del cumplimiento de las normas técnicas, de seguridad industrial y ambientales aplicables. La norma prohíbe conectar sus tuberías con la red pública de distribución de gas natural, comercializar, ceder o entregar el recurso a terceros, así como ventearlo directamente a la atmósfera. Todo excedente no aprovechado deberá someterse a quema controlada.