Normativa para turismo
Licencias turísticas nacionales tendrán vigencia de tres años
La vigencia de la licencia de operación para los prestadores de servicios turísticos que desarrollen actividades en más de un departamento fue ampliada de uno a tres años.
La medida fue aprobada el martes por el gabinete ministerial mediante el Decreto Supremo 5721, que modifica el artículo 15 del Reglamento General de la Ley General de Turismo “Bolivia Te Espera”.
La norma establece que, cuando un prestador de servicios turísticos opere en más de un departamento, la autoridad competente otorgará una Licencia Turística de operación con alcance nacional, conforme a la reglamentación correspondiente.
El decreto fija una vigencia de tres años para las licencias de los prestadores con alcance nacional. La excepción corresponde a quienes desarrollen servicios de guiaje, cuya licencia tendrá una vigencia de cinco años, computables a partir de su notificación.
El Gobierno señaló que la medida forma parte de una política de desregulación, simplificación administrativa y optimización normativa contemplada en el programa “Tranca Cero”, con el objetivo de estimular la actividad turística.
El Decreto Supremo 5721 también dispone que los requisitos para obtener la licencia turística serán establecidos por la autoridad competente en turismo y aprobados mediante resolución ministerial. Las licencias nacionales mantendrán su validez y extenderán su vigencia según los nuevos plazos, desde su última emisión o renovación, siempre que no hayan sido suspendidas, revocadas o estén pendientes de actualización.