Principales diferencias entre el Decreto Supremo 5516 y el abrogado DS 5503

El Gobierno puso en vigencia este martes el Decreto Supremo 5516 con el que se abrogó el Decreto Supremo 5503 que había sido cuestionado por la Central Obrera Boliviana campesinos y otros sectores sociales.

A diferencia del DS 5503 que contaba con 121 artículos y ocho disposiciones transitorias el nuevo Decreto 5516 incluye solo 32 artículos y cinco disposiciones transitorias concentrándose en las medidas centrales acordadas en el diálogo.

Gran parte de los artículos eliminados corresponden a observaciones realizadas por la COB durante las movilizaciones y el proceso de negociación con el Ejecutivo.

Entre los aspectos que ya no están incluidos en el Decreto 5516 se encuentra el retiro del diésel de la lista de sustancias controladas así como el capítulo de promoción y protección de inversiones que contemplaba procedimientos acelerados de aprobación y silencio administrativo.

También fueron excluidas las disposiciones sobre medidas extraordinarias de estabilización de la balanza de pagos que facultaban al Banco Central de Bolivia a gestionar financiamiento excepcional así como el régimen de regularización y repatriación de capitales y el nuevo régimen de inversiones con estabilidad jurídica de hasta 15 años.

Asimismo quedó eliminado el artículo referido a un nuevo régimen tributario para emprendedores.

En contraste el Decreto 5516 mantiene los aspectos centrales del 5503 relacionados con combustibles bonos y salario mínimo.

Se ratifica la eliminación de la subvención a los combustibles y los nuevos precios establecidos en diciembre así como el incremento del Bono Juancito Pinto de 200 a 300 bolivianos el aumento de la Renta Dignidad en 150 bolivianos y la vigencia del Bono Pepe de 150 bolivianos mensuales entre enero y abril.

El Salario Mínimo Nacional también se mantiene en 3.300 bolivianos como estaba previsto en la norma anterior.

El nuevo decreto conserva además el diferimiento de hasta seis meses para créditos de vivienda de interés social y créditos productivos para micro y pequeña empresa.

En materia arancelaria se mantiene el gravamen cero por ciento hasta el 31 de diciembre de 2026 para la importación de maquinaria equipos e insumos destinados a sectores productivos como la industria alimenticia agroindustria textil metalurgia minería y repuestos automotrices.